Por adeudo salarial, paran labores jueces de Colima; sólo atenderán asuntos urgentes

 

COLIMA, Col.- Ante la falta de pago de la segunda quincena de diciembre y la prima vacacional, la Asociación de Jueces de Primera Instancia del Estado de Colima anunció la decisión de sus miembros de laborar “bajo protesta” y sólo atenderán asuntos urgentes.

Durante una manifestación realizada este martes afuera de las instalaciones del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), junto con trabajadores de confianza y jubilados del Poder Judicial, los jueces denunciaron que en materia presupuestal no se respeta la división de poderes en Colima.

“No obstante que el Congreso del Estado aprueba el Presupuesto de Egresos año con año, lo hace y así lo ha venido haciendo sin atender las necesidades del Poder Judicial, además de que este recurso se otorga a cuentagotas por parte del Ejecutivo a  través de la Secretaría de Finanzas”, señaló a través de un pronunciamiento el juez José Luis Torres Arreola, presidente de la asociación.

El documento íntegro, leído en el marco de la protesta, se transcribe a continuación:

La Asociación de Jueces de Primera Instancia del Estado de Colima y demás compañeros aquí presentes, agradecemos la presencia de los representantes de los medios de comunicación que nos acompañan, ya que esta reunión, además de tener como finalidad exigir a quien corresponda se realice el pago de nuestro salario correspondiente a la segunda quincena de diciembre de 2020, también es para dar a conocer a través de ustedes a la población del Estado de Colima, el trato inequitativo que recibimos los trabajadores del Poder Judicial, como si no representáramos a uno de los tres poderes del Estado.

Y decimos que venimos a exigir a “quien corresponda”, porque sabemos de antemano que nuestro patrón es el H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado y corresponde a éste realizar dicho pago de manera puntual, que en términos del artículo 61 de la Ley de los trabajadores al servicio del gobierno, ayuntamientos y organismos descentralizados del estado de Colima, no podrá ser mayor de quince días. Esto es, los pagos deben realizarse los días 15 y 30 de cada mes y el pago que venimos a exigir, debió realizarse desde el 30 de diciembre y al día de hoy 05 de enero de 2021, no se ha realizado.

Sin embargo, de manera desafortunada, vemos que en el Estado de Colima, no se respeta la división de Poderes a que se refiere el artículo 116 de la Constitución General y 21 de la Constitución Local, por lo menos en el apartado presupuestal, ya que no obstante que el Congreso del Estado aprueba el Presupuesto de Egresos año con año, lo hace y así lo ha venido haciendo sin atender las necesidades del Poder Judicial, además, este recurso se otorga a cuenta gotas por parte del Ejecutivo, a través de la Secretaría de Finanzas.

En ese sentido, queremos recalcar que la situación que venimos sufriendo ya fue explicada a los medios de comunicación por el magistrado presidente, licenciado Bernardo Alfredo Salazar Santana, en relación de que el Presupuesto de Egresos de 2020 aprobado por el Congreso del Estado, sólo alcanzaba para pagar la nómina al mes de octubre de año pasado, pues se autorizaron en total 216 millones, ello sin atender la solicitud realizada por el Supremo Tribunal, y sin ser llamados a consulta para justificar lo que se solicitaba, que para el año pasado era de aproximadamente 240 millones; razón por la cual, el H. Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado promovió una Controversia Constitucional ante la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la que le correspondió el expediente 30/2020 que a la fecha no ha sido resuelta.

Cabe señalar que en este año, en el presupuesto aprobado para el Poder Judicial se autorizaron 230 millones, sólo 14 millones más, cuando se solicitaron 360 millones, pero ese incremento tiene una explicación: la entrada en vigor en el Estado de Colima, de la Justicia Laboral a través de los Juzgados Especializados en dicha materia, y el rezago presupuestal que se vive, por lo que, seguros estamos que mientras el H. Congreso del Estado no haga las adecuaciones al Presupuesto de Egresos u ordene asignaciones extraordinarias para el Poder Judicial, nos veremos en la misma situación.

Para 2020 se pidieron 240 millones y se autorizaron 216, en este año se autorizó menos dinero que el solicitado para el año pasado, aun cuando se requieren, como se justificó en su momento por parte del Supremo Tribunal de Justicia ante el Congreso del Estado, 360 millones, con la entrada de la justicia laboral y el incremento de carga de trabajo en todas las otras áreas de atención.

Por lo anterior, exigimos al Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, realice las gestiones necesarias para que a la brevedad posible, y preferentemente, el día de hoy (martes 5), se realice por parte del Ejecutivo del Estado la transferencia de recursos para el pago atrasado de la segunda quincena de diciembre y la prima vacacional del segundo periodo de 2020.

Al Ejecutivo del Estado también le exigimos realice la transferencia de los recursos necesarios para cubrir la nómina aludida, y a partir de 2021 permita que el recurso aprobado para el Poder Judicial sea administrado por éste, respetando en todo momento la verdadera división de poderes.

Y por último, exigimos al Congreso del Estado que reconsidere dicho Presupuesto o en su oportunidad autorice las partidas extraordinarias para el cumplimiento de nuestra loable labor jurisdiccional, que se trata de un servicio publico de primera necesidad, como lo es, el agua, la luz, seguridad pública entre otros, ya que sin impartición de justicia profesional y especializada, viviríamos en un estado caótico. 

Por último, quiero señalar que en su momento, en la exposición de motivos que dio origen a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 1987, relacionada con la independencia judicial, a que se refiere el artículo 116 de la Carta Magna, en la exposición de motivos, se expuso entre otras cosas, que: 

“Los tribunales de justicia deben ser independientes, para fortalecer en la realidad social el principio de división de poderes y porque la independencia judicial constituye la primer garantía de la jurisdicción, establecida no precisamente en interés del órgano jurisdiccional, cuanto de los justiciables, pues sólo cabe esperar justicia completa y estricta del juez jerárquicamente libre dependiente sólo de la ley.

La independencia judicial requiere que los jueces al actuar no han de tener otra norma rectora que la ley. La sumisión del juez a la ley, le hace independiente de la voluntad subjetiva de los hombres que gobiernan, e incluso de su propia voluntad, cuando ésta propende a la arbitrariedad. 

Finalmente, al juez debe garantizarse una posición social digna, proporcionándole bienestar económico que permita su total entrega a su ministerio, sin preocupaciones de otra índole. Los órganos de los poderes judiciales deben contar con el apoyo financiero que guarde adecuada relación con la importancia del servicio público que prestan, pues de otra suerte se les inhabilita para contribuir al mejoramiento de la administración de justicia.”

Y si bien, se señala a los jueces, debemos entender que estas aseveraciones se hacen extensivas a todos y cada uno de los miembros que dignamente integramos el Poder Judicial del Estado de Colima.

Es por ello que, sabedores de nuestra responsabilidad, hemos decidido trabajar BAJO PROTESTA, y atender ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE los asuntos urgentes en las materias que así lo exijan, como lo son las medidas de protección y otras en materia familiar, y cuestiones de control detención en la materia penal, y audiencias que impliquen la libertad personal.